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El personero y sus funciones

Explicación de funciones  y perfil de un personero. Consignación en el cuaderno del tema.
LO QUE DICE LA LEY
El decreto 1860 de agosto 3 de 1994 y sus artículo 28 reglamentan la elección de personeros estudiantiles.
Artículo 28. En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado. Será el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes los reglamentos y el manual de convivencia.
FUNCIONES DE LOS PERSONEROS
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.
Organizar foros u otras formas de deliberación.
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
Presentar ante el rector o el director administrativo, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
1.     Conservar una actitud adecuada frente a normas sociales, internas del manual de convivencia y en general mantener el buen comportamiento propio de un estudiante con sentido de pertenencia frente a su comunidad educativa y al perfil que representa.

CONTRALOR ESCOLAR
Será un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo o undécimo del nivel de Educación media, o de grado noveno o quinto en caso de que la institución educativa sólo ofrezca hasta el nivel de educación básica, elegido democráticamente por los estudiantes matriculados.
DEBERES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL
2.     Promover la  rendición de cuentas en las Instituciones educativas.
3.     Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las Instituciones Educativas.
4.     Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el plan de mejoramiento, el presupuesto y el plan de compras de la Institución Educativa.
5.     Velar por el cuidado del medio ambiente.
6.     Promover en la comunidad educativa, programas para incentivar el uso racional de los recursos.
7.     Conservar una actitud adecuada frente a normas sociales, internas del manual de convivencia y en general mantener el buen comportamiento propio de un estudiante con sentido de pertenencia frente a su comunidad educativa y al perfil que representa.